Las cláusulas suelo prevén que, aunque el tipo de interés se sitúe por debajo de un determinado umbral fijado en el contrato, el consumidor seguirá pagando unos intereses mínimos que equivalen a ese umbral sin que resulte aplicable un tipo inferior. Hasta el momento, la doctrina emanada del Tribunal Supremo limitaba la devolución del dinero cobrado a los clientes en aplicación de la cláusula suelo, al 9 de mayo de…
Leer más